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martes, 22 de mayo de 2012

Preguntas y respuestas para entender el Fideicomiso de la Vuelta a Boedo



1. ¿Porqué debemos ser los socios y simpatizantes quienes paguemos la indemnización por la expropiación del hipermercado, cuando le corresponde hacerlo al Gobierno de La ciudad?
El principal foco de conflicto entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Legislatura Porteña para la aprobación de la Ley de Restitución Histórica, parece ser el hecho de tener que pagarle al hipermercado la suma de $ 94.000.000 (tasación efectuada por el Bco. Ciudad de Buenos Aires en diciembre de 2011) en concepto de indemnización por la expropiación. Así las cosas, si los socios e hinchas de San Lorenzo logramos juntar una masa crítica de futuros aportantes por una suma significativa, los legisladores no tendrían excusa alguna para no aprobar la ley.Esto no significa que el Club abdique de su reclamo de restitución de lo apropiado y reparación de los daños causados. En un contexto económico complicado a nivel nacional, se procura demostrar una vez más que San Lorenzo puede volver a Boedo por el empuje, aporte y compromiso de su gente.
2. ¿Cómo me aseguro que esos fondos sean destinados sólo para la recuperación de nuestras tierras y no se usen para otros fines?
En el contrato del fideicomiso quedará plasmado expresamente que los fondos que se junten e ingresen al fideicomiso serán destinados únicamente para el pago de la indemnización por la expropiación de las tierras de Av. La Plata al 1700. Además esos fondos serán directamente administrados por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires asegurando la indisponibilidad de los mismos para otros fines. De modo que ni la actual dirigencia del Club ni la que la suceda podrá disponer de ésos fondos, ya que como se dijo anteriormente, el Banco Ciudad será el único administrador de los mismos, no pudiendo (por contrato) utilizarlos para otros fines.El predio expropiado también integrará el Fideicomiso de modo de asegurar que no pueda darse otro destino al mismo que aquel para el cual se expropió.
3. ¿Porque esos fondos son inembargables?
La Ley de fideicomiso N 24.441 en su artículo 15 expresamente prevé que los bienes del fideicomiso no pueden ser atacados por ningún acreedor de los fiduciantes (en este caso acreedores de San Lorenzo o de los socios/hinchas que realicen los aportes).
4. ¿Qué pasa si empiezo a hacer los depósitos para aportar el equivalente a determinada cantidad de mt2 y no sale la ley?
NO se van a cobrar los aportes de los socios e hinchas pre-inscriptos hasta que la ley no sea sancionada. La preinscripción es un compromiso de adhesión por aportes equivalentes a M2 del predio, que se comenzarán a pagar cuando el fideicomiso sea puesto en efecto.
5. ¿En cuántas cuotas se puede pagar?
Hasta 36 cuotas.
6. ¿De qué forma puedo controlar la transparencia del fideicomiso en esta etapa de pre-inscripción?
En la página www.restitucionhistorica.blogspot.com.ar se actualizará permanente los nombres y apellidos de cada aportante y la cantidad de mts2 simbólicos adquiridos por cada uno.
7. ¿Por qué un fideicomiso?
Porque el fideicomiso es la mejor herramienta legal para asegurar que los fondos no sean utilizados para otros fines que los del pago de la indemnización y el predio no sea embargado por acreedores del Club. Además, esos fondos y el predio por expresa disposición de la ley de fideicomiso 24.441 serán inembargables e indisponibles para otro destino. Es importante aclarar que dichos fondos y el predio no correrán la suerte económica y financiera de la institución, porque, mientras dure el fideicomiso, constituyen un patrimonio separado.
8. ¿Cual es su objeto?
El pago de la indemnización al hipermercado, en una primera etapa.
7. Puede el Fideicomiso recibir otros aportes?
Si. De hecho se seguirá gestionando la reparación del daño causado al Club y eventuales aportes del Gobierno Nacional y Municipal ya sea por reparación o bien por concesiones que haga el Club a su favor (complejo educativo, espacios públicos, etc.).
11. ¿Pueden acreedores del club embargar el fideicomiso?
No.
12. ¿Pueden los dirigentes darle otro destino a los fondos del fideicomiso y al predio?
No.
13. ¿Por qué es necesaria tu adhesión ahora?
Porque hay que demostrarle a los legisladores porteños que somos capaces de conseguir la suma importante para la indemnización al hipermercado y de esa forma no tendrían excusas válidas para no aprobar la ley. Ya que para el Gobierno de La Ciudad de Buenos Aires no tendría costo alguno.
14. ¿Adquiero yo la titularidad del mt2 por el que aporto?
NO. El mt2 que se aporta, se lo hace a modo simbólico. El predio pertenecerá al Club Atlético San Lorenzo de Almagro e integrará el fideicomiso hasta que se repague la expropiación.
15. ¿Qué beneficios obtengo?
Descuentos y preferencias al momento de la adquisición de palcos y plateas en el estadio que posteriormente se construirá; descuentos para realizar actividades en el club y el más importante de todos: Tener de por vida el orgullo de haber contribuido con San Lorenzo en un hecho inédito, ejemplar y sin precedentes en la historia del deporte en el mundo entero.
16. ¿Cuando debo comenzar a pagar?
Cuando se apruebe la Ley de Restitución Histórica

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